Hay una España interior y despoblada, que Sergio del Molino llamó España Vacía. Una España rural, abandonada a su suerte desde que el cambio tectónico del éxodo rural la golpeara a lo largo del siglo pasado con un doble proceso de despoblación y despoblamiento.

Esta España se encuentra entre el lamento y la esperanza, según la fértil obra de Jaume Font, en una tendencia que no es exclusiva de la marca España ni uniforme en el territorio. Forma un mosaico con más de 61.000 entidades singulares (pedanías, caseríos, lugares, aldeas, villas…) organizadas administrativamente en torno a 8.131 municipios, de los cuales más del 84% tiene menos de 5.000 habitantes. Constituye pues, una realidad heterogénea a la que el traje de la Ley Reguladora de Bases del Régimen Local le queda demasiado holgado.

Si bien la Constitución Española mandata la igualdad de todos los españoles en cualquier parte del territorio (art. 139), la dispersión y la baja densidad de pequeños núcleos de población dificulta la prestación de determinados servicios públicos básicos como la educación, la sanidad o la asistencia social, como demuestra la carencia de médico en la UVI móvil en el hospital de zona.

En este contexto, las Comarcas y las Diputaciones Provinciales siguen siendo la clave de bóveda de la vertebración territorial en una España que Ortega y Gasset llamara invertebrada. Así, el establecimiento de un verdadero Estatuto Básico del Pequeño Municipio es una tarea ineludible. Ya lo han contemplado algunos Planes Anuales Normativos, el propio Plan de Medidas para el Reto Demográfico y la doctrina, destacando las aportaciones de Eloísa Carbonell.

Un régimen normativo más flexible y simplificado, que no ahogue en interminables informes, memorias y expedientes a los escasos empleados públicos y, particularmente, a secretarios e interventores, sería un primer paso para el adelgazamiento burocrático y el desarrollo del papel de Entidades Locales Emprendedoras según la idea de Mariana Mazzucato, capaces de actuar como tractoras del resto de actividades del medio rural. Iniciativas como las comunidades energéticas locales son acicates que deben contemplarse.

Del mismo modo, un régimen fiscal favorable del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y el Impuesto sobre Actividades Económicas junto con normas urbanísticas más sencillas que permitan aprovechar espacios inutilizados o sin edificar generarían oportunidades económicas a un territorio al que no le sobran. También proporcionarían una solución habitacional a quienes ven imposibilitado el acceso a una vivienda en la ciudad y, por tanto, un beneficio mutuo que abriría la puerta a una ciudadanía mixta rural y urbana que gana enteros con el desarrollo tecnológico y las nuevas formas de (tele) trabajo.

Otro aspecto clave se encuentra en la Ley Electoral, aprobada en el contexto del bipartidismo imperfecto primero, en relación con partidos regionalistas y nacionalistas; y del bibloquismo después. Ahora, el régimen electoral ha sido sorprendido por la aparición de nuevos partidos municipalistas, como la plataforma de la España Vaciada, alejados del clivaje izquierda-derecha que propusieran Lipset y Rokkan.

Con unas instituciones fragmentadas y de sobra polarizadas – significativamente en mayor medida que la sociedad, según el académico Lamo de Espinosa –, la gobernabilidad puede depender de partidos cuya cantidad de votos es significativa en una circunscripción, pero apenas lo es a nivel estatal. Se da así un nuevo sesgo de representación que pudiera agrietar tanto el modelo electoral como el normal funcionamiento de un juego mayorías y minorías que ha visto forzadas sus costuras en las últimas legislaturas. Reformar la normativa electoral para reflejar la nueva realidad parece un deber inexcusable, más aún si tenemos en cuenta el malogrado Senado.

Todo lo anterior requiere de una minuciosa tarea, propia de un experimentado sastre en la confección de un traje a medida.

Óscar Luengo. Jurista, licenciado en Derecho y ADE