Abierto el plazo de solicitudes de becas para libros de texto de los centros escolares de Alcañiz

Pueden pedirse hasta el 4 de octubre. Las ayudas para el comedor escolar también están disponibles
Publicado por La COMARCA el 21 de septiembre de 2022

El Ayuntamiento de Alcañiz abre este miércoles 21 de septiembre el plazo de solicitudes para que aquellas familias interesadas soliciten beca para libros de texto y material curricular correspondiente a este curso escolar recién iniciado. Hasta el próximo 4 de octubre hay de tiempo para formalizar la solicitud, dirigida a familias empadronadas en la capital bajoaragonesa de entre las que se baremarán circunstancias familiares y de renta para el otorgamiento de las ayudas. El objetivo general de la convocatoria es favorecer a las familias con menos recursos, y facilitar la adquisición del material escolar a los menores que en ellas convivan. El presupuesto total para este programa de ayudas asciende a 10.000 euros.

Podrán solicitar las subvenciones reguladas en estas bases los progenitores o tutores legales de los alumnos matriculados en centros escolares de la ciudad y barrios pedáneos en segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, incluida la FP Básica. El primer requisito, eso sí, que todos los miembros que componen la unidad familiar del solicitante estén empadronados y residan en el municipio de Alcañiz. Para resultar beneficiarios de las ayudas será requisito indispensable además que los ingresos de la unidad familiar o renta anual disponible familiar en el año 2020 no superen los índices que marca el IPREM, con carácter general el IPREM multiplicado por el número de miembros de la unidad familiar.

Las solicitudes debidamente cumplimentadas, junto con la documentación especificada en las bases, se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Alcañiz. El plazo de presentación de solicitudes estará abierto hasta el 4 de octubre. Y se hará constar la identificación oficial de los solicitantes, Libro de Familia con todos sus componentes o, en su defecto, documentación acreditativa de los miembros de la unidad familiar, así como declaración de la renta de 2020 y cualquier información económica que bareme el nivel de ingresos de la familia solicitante, que deberá estar al corriente de pago con las administraciones públicas. Se aprobarán las solicitudes presentadas en tiempo y forma y que reúnan los requisitos fijados en las presentes bases, hasta agotar el crédito presupuestario, de tal manera que los importes de las ayudas serán 40 euros por alumno para Educación Infantil; 80 euros por alumno para Educación Primaria; y 115 euros por alumno para Educación Secundaria Obligatoria y Formación Profesional Básica.

Serán gastos subvencionables los ocasionados por la compra de libros de texto, así como material escolar siempre que conste en certificado del centro escolar como material necesario y obligatorio para el curso 2022/2023, y deberán justificarse a través de facturas o documentos justificativos equivalentes en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa. En ellos se describirá con claridad la actividad a que se refieren y para su aceptación hará falta que el gasto haya sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación. El pago de la subvención se realizará una vez aprobada la justificación de la subvención por el órgano competente, en el plazo máximo de 60 días, desde la correcta presentación de la documentación de justificación.

Becas de comedor

Está también en marcha el procedimiento para solicitar becas de comedor también correspondientes a este curso recién iniciado. Como en el caso de las becas de libros de texto, todos los miembros que componen la unidad familiar del solicitante habrán de estar empadronados y residir en el municipio de Alcañiz. Para resultar beneficiario de las ayudas del servicio de comedor será requisito indispensable que los ingresos de la unidad familiar o renta anual disponible familiar en 2020 no superen en valor al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (I.P.R.E.M), creado por Real Decreto-Ley3/2004, de 25 de junio, determinado anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, fijado en 6.948,24 euros anuales multiplicado por dos, estableciéndose el límite de renta en 13.896,48 euros.

Asimismo, podrán resultar beneficiarios quienes, en el momento de presentación de la solicitud, tengan reconocido el Ingreso Mínimo Vital, el Ingreso Aragonés de Inserción o cualquier prestación sustitutiva o complementaria de las anteriores. La cuantía individualizada máxima de las ayudas previstas es de 86 euros por beneficiario y mes (de septiembre de 2022 a junio de 2023, ambos incluidos). Son obligaciones de los beneficiarios de estas ayudas: matricularse en un centro sostenido con fondos públicos en el término municipal de Alcañiz; asistir regularmente a clase, salvo causa justificada, de tal modo que se entenderá que no ha cumplido dicha finalidad el alumnado que haya asistido a clase injustificadamente más de un 20 % de los días lectivos; hacer uso regular del servicio de comedor escolar durante el curso escolar; y acreditar documentalmente ante el Ayuntamiento la realización de la actividad.