Confirman la condena de más de 8 años de prisión para un vecino de Alcañiz que violó a su pareja y le rompió la nariz

El agresor tendrá que indemnizar a la víctima con 6.630 euros y pagar al Salud 530 euros por los gastos sanitarios
Publicado por María Ángeles Moreno el 13 de junio de 2020

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha ratificado la sentencia de la Audiencia Provincial de Teruel que condenaba a un vecino de Alcañiz, Alfredo C. J. ,de 56 años, a ocho años y medio de prisión por violar a su pareja sentimental y romperle los huesos de la nariz golpeándola con un cazo de cocina.

El TSJA considera probado que entre la noche del día 8 y la madrugada del día 9 de enero de 2019, el procesado se encontraba en su domicilio en compañía de su pareja cuando tuvo una discusión con ella en la que le recriminaba la adicción de la misma a las máquinas de juego recreativas. El fallo recoge que se produjo un grave altercado entre ambos en el curso del cual él llevando un cuchillo en la mano con ocasión de estar preparando la cena, lo esgrimió llegando a situarlo en el cuello de la señora

Tras dejar el cuchillo -continúa el relato de hechos probados-, el acusado tomó un cazo de cocina y propinó a su compañera sentimental múltiples golpes, usando también sus puños y sus piernas, requiriéndola después para mantener relaciones sexuales. 

La mujer, que acudió al día siguiente al Servicio de Urgencias del hospital de Alcañiz,  presentaba fractura de los huesos de la nariz, hematomas en la mandíbula, muslo y piernas, tardando 21 días en curar. 

La defensa del acusado apeló la sentencia, argumentando que el agresor y su víctima no eran una pareja estable sino solo amigos, pero el TSJA hace suyas las palabras de la Audiencia de Teruel resaltando las declaraciones en sala del propio acusado al decir que ambos llevaban juntos 15 años y que, por tanto, la protección penal debe ser reforzada.

Otro de los alegatos de la defensa es que la víctima habría incurrido en contradicciones e inconcreciones en su declaración, lo que conduciría a no dar por acreditada la agresión sexual, pero de nuevo el TSJA rebate este argumento y destaca que la mujer mantuvo una versión uniforme tanto ante la Guardia Civil, como en el Juzgado Instructor como en la propia Audiencia de Teruel. 

Añade el TSJA que "resulta irrazonable pensar que la víctima, después de haber recibido golpes en distintas partes del cuerpo que le llegaron a fracturar los huesos de la nariz, pasase, sin solución de continuidad, a prestar su consentimiento a una relación sexual con su agresor".