El PAR propone reducir el IBI y bonificar a familias numerosas y a empresas

Sus medidas dan prioridad a cambiar los impuestos que gravan a las unidades familiares y los empresarios como son el IBI y la plusvalía
Publicado por Laura Castel el 19 de abril de 2019

Sus medidas dan prioridad a cambiar los impuestos que gravan a las unidades familiares y los empresarios como son el IBI y la plusvalía

El grupo del Partido Aragonés en el Ayuntamiento de Alcañiz ha planteado diversas propuestas para las ordenanzas municipales de 2019 en las que dan prioridad a la reducción del IBI de rústica, incluye bonificaciones para familias numerosas y empresas generadoras de empleo y prioriza la bonificación en el impuesto de plusvalías hasta el 90% en determinados casos. Los aragonesistas han presentado este miércoles en rueda de prensa las medidas incluidas por su partido dentro del grueso total de cambios para 2019 que el equipo de gobierno de Alcañiz, formado por PP-PAR, ha entregado este miércoles en comisión al resto de grupos.

Según han explicado sus concejales Berta Zapater y Eduardo Orrios, sus medidas dan prioridad a la reducción de varios impuestos que gravan a familias y empresas como son el IBI, y la plusvalía principalmente.

En cuanto al IBI, apuestan por bonificar el IBI del domicilio habitual de las familias numerosas para fomentar la natalidad y luchar contra la despoblación. Para las numerosas de carácter general  (3 ó 4 hijos), el 70% de bonificacion de la cuota; y para las de carácter especial  (5 o más hijos), 90%.

También proponen bajar el IBI rústico del 1,10 al 1,00 el primer año y hasta el 0,90 al año siguiente incrementando igualmente el importe de la partida de arreglo de caminos en el próximo presupuesto de 2019. De esta forma, con "bajadas progresivas" pretenden minimizar la subida del IBI rústico en Alcañiz por la revisión catastral. La reducción es mucho menor que la que les reclamó UAGA hace unos meses en una reunión que mantuvo el sindicato con representantes de todos los partidos con representación en el Consistorio alcañizano, en la que solicitaron que el IBI fuera del 0,65.

Asimismo, apuestan por bonificar el IBI por fomento de empleo o creación de nuevas empresas. En este caso sería del 15% para inmuebles en los que se desarrolle una actividad empresarial con una plantilla de hasta 25 trabajadores con contrato indefinido, 25 % para los que cuenten con de 26 a 50 trabajadores indefinidos y un 30% para los que superen los 50 empleados.

Por otro lado, los aragonesistas también han incidido en las bonificaciones en plusvalía (incremento valor terrenos). Se concederá una bonificación del 90% de la cuota del Impuesto en las transmisiones de terrenos y en la transmisión o constitución de derechos reales de goce limitativos del dominio realizadas a título lucrativo por causa de muerte a favor de los descendientes de primer grado y adoptados, los cónyuges y los ascendientes de primer grado y adoptantes; del 80% en las transmisiones de viviendas, a título lucrativo, por causa de muerte, otorgadas por los ascendientes a favor de sus descendientes cualquiera que fuera su grado y de sus adoptados, si estos no la tuvieran en propiedad, se bonificará en un 80% de la cuota del impuesto, siempre que la misma se destine a la vivienda habitual; y del 60% de la cuota del impuesto a las transmisiones de locales afectos a actividades empresariales o profesionales ejercida a título individual por causa de muerte a favor del cónyuge, descendientes o ascendientes y adoptantes cualquiera que fuera su grado.

Para que esta bonificación sea definitiva la persona adquiriente tiene que mantener el bien en su patrimonio así como continuar la actividad durante cinco años siguientes a la muerte del causante, existiendo la excepción de que la persona adquiriente fallezca dentro de ese plazo en cuyo caso la bonificación se entenderá definitiva independientemente del tiempo transcurrido.

Por último, en las tasas el PAR propone que las asociaciones sin ánimo de lucro que estén inscritas en el registro estén exentas de pagar por el alquiler o cesión de locales y espacios públicos siempre  y cuando el Ayuntamiento sea colaborador del evento a realizar y así lo autorice el concejal delegado responsable del mismo.