Se publica el Decreto de las centrales que limitaría el cierre de Andorra

El sector minero asegura que falta la «garantía de suministro de carbón» y que es un texto muy «genérico»
Publicado por María Quílez el 19 de abril de 2019

El sector minero asegura que falta la «garantía de suministro de carbón» y que es un texto muy «genérico»

 

El Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital ha enviado a la CNMC (Comisión Nacional del Mercado de la Competencia) el Real Decreto que regula el cierre de centrales eléctricas en España.

El texto, publicado como borrador, especifica que se denegará el cierre de una instalación cuando amenace a la seguridad de suministro eléctrico o a la seguridad del abastecimiento de materias primas, así como cuando suponga efectos desfavorables en los precios de la electricidad, en la competencia en el mercado eléctrico y en el cumplimiento de los objetivos en la planificación de energía y clima vigente.

 

Además, contempla, como ya anunció la pasada semana el presidente de los populares aragoneses en Andorra, Luis María Beamonte, la subasta pública en el caso de que la propietaria de la Central a cerrar no quiera continuar con la actividad. No obstante, el nuevo mecanismo va más allá y añade que «si el mecanismo de subasta no permite la transmisión a un tercero, podría aprobarse un esquema de compensación por la continuidad de la actividad».

A efectos prácticos, este Real Decreto se presenta, a priori, como una solución para evitar el cierre de la Central de Andorra en junio 2020, fecha límite para que Endesa, su propietaria, haya hecho las inversiones medioambientales necesarias para seguir operando, valoradas en unos 190 millones de euros.

El cierre de la Central Térmica de Andorra, que lleva todo el año trabajando a pleno rendimiento, si que amenazaría la seguridad de suministro eléctrico -algo que ahora está ocurriendo puesto que el carbón está entrando en el Mix de forma constante-, por lo que estaría cumpliendo una de las condiciones para que el Ministerio deniegue el cierre.

Pero el Real Decreto ha levantado diferentes reacciones en la cuenca minera turolense. Mientras algunos celebran el paso dado por Energía, otros lo tachan de «tomadura de pelo» y los más prudentes lo califican como «demasiado genérico».

El alcalde de Ariño, Joaquín Noé, lamentó anoche que el mecanismo no cite textualmente a las centrales de carbón. «Es muy genérico. Deja muy en el aire los temas medioambientales y la subasta. Además, todas estas cuestiones son recurribles», explicó. Noé subrayó que el sector necesita un documento más «específico». «Que nos diga si van a ayudar a las empresas a invertir, o no», añadió.

Por su parte, el secretario general de UGT y trabajador de la Térmica de Andorra, Alejo Galve, lamenta que en el Real Decreto no se hable de las minas. «De poco sirve que se quede abierta la Central si no se garantiza la quema de carbón. En este decreto faltan muchas cuestiones. Es una tomadura de pelo», dijo ayer Galve tras conocer la publicación de mecanismo y estudiarlo en profundidad.

Para quien sí se trata de un paso importante es para el diputado por Teruel del Partido Popular, Alberto Herrero. El calandino se mostró muy satisfecho con la noticia del envío del Real Decreto a la Comisión Nacional del Mercado de Competencias, organismo que deberá dar el visto bueno definitivo al documento.

Herrero destacó que este movimiento pone de manifiesto «la posición favorable que siempre ha tenido el Gobierno» respecto a la continuidad de las centrales térmicas del carbón. «Creo que va a ser una bocanada de aire fresco para el Bajo Aragón, para Andorra y la Central, y para toda la provincia de Teruel», aseguró.

Entre las medidas que se reflejan en el documento, el diputado por Teruel del PP destacó tres puntos. «Valora tres parámetros que son muy importantes para el futuro de las centrales: las decisiones deben de atender al interés general y no al interés particular de los propietarios; las térmicas deben respetar el medio ambiente; y un condicionante muy importante es que se denegará el cierre de las centrales en el caso de que se puedan alterar los precios de manera desfavorable para los ciudadanos».

 

El proceso de cierre

El Gobierno defiende que el Real Decreto «ratifica su posición de que las decisiones tomadas por las empresas en el ámbito energético deben estar subordinadas al interés general y a la planificación en esta materia». Energía añade que esta posición encuentra pleno amparo en los preceptos constitucionales (artículos 38 y 128) y en la regulación vigente del sector eléctrico.

En una nota de prensa, el Ministerio garantiza que el nuevo reglamento tiene como finalidad regular el procedimiento de cierre de las instalaciones de producción de energía eléctrica. «A diferencia del régimen actual, que solo contempla la seguridad del suministro, la autorización del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital únicamente se concederá tras valorar adicionalmente la coherencia del cierre con el cumplimiento de los objetivos medioambientales y del clima, así como la coherencia de los precios y la competencia del mercado eléctrico».

El reglamento establece como ámbito de aplicación las instalaciones de producción de energía eléctrica de potencia superior a 50 MW, con independencia de su tecnología, por ser aquellas que requieren autorización del propio Ministerio para su operación. En el caso de la de Andorra, cada uno de sus grupos es de 300MW.

Recoge que solo el titular de la instalación podrá solicitar la autorización administrativa de cierre correspondiente ante la Dirección General de Política Energética y Minas. Junto a la solicitud, deberá adjuntar varios documentos, como una memoria justificativa en la que se detallen las circunstancias técnicas, económicas, ambientales o de cualquier otra índole que fundamenten el cierre, información técnica de la instalación y un plan técnico y económico de desmantelamiento.

Una vez recibida la solicitud, el Ministerio de Energía solicitará a REE, Enagás, CNMC y otros organismos implicados los correspondientes informes que valorarán el eventual cierre. El Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, teniendo en cuenta los informes, resolverá la autorización o denegación de la solicitud.

En caso de denegación de la solicitud, el titular de la instalación deberá continuar con la actividad por sí mismo o transmitir la instalación a un tercero, lo que podrá hacer si así lo desea mediante una subasta regulada por el Real Decreto. Esta subasta permitirá establecer si la instalación tiene valor económico para un operador distinto y, siendo este el caso, facilitar su transmisión para que continúe operando.

Además, si el mecanismo de subasta no permite la transmisión a un tercero, podría aprobarse un «esquema de compensación por la continuidad de la actividad». Dicho esquema se diseñará para asegurar que se otorga al menor coste posible, y en todo caso, con un coste inferior al beneficio económico que los consumidores derivarían de la continuidad de la actividad.

El Real Decreto será de aplicación a todos los cierres que hayan sido solicitados desde la consulta pública en esta materia lanzada por el Ministerio de Energía en julio de este año y sobre los que aún no haya recaído resolución administrativa.

Al margen del Real Decreto de las Centrales, el sector minero eléctrico continúa esperando un plan energético nacional estable, que recoja un porcentaje mínimo del 7,5% de carbón en el Mix Energético. Esta condición garantizaría la continuidad de la extracción de carbón y serviría para ganar tiempo hasta que la reindustrialización, que es ya el principal objetivo de la cuenca minera, sea una realidad.

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