La Fiscalía de Teruel pidió este martes que S.S.L.G., el vecino de la capital turolense que se ha sentado desde el pasado lunes en el banquillo de la Audiencia Provincial acusado de haber agredido sexualmente a sus dos hijas cuando tenían menos de 11 años, no pueda ver a estas en un plazo de 15 años.
Durante el juicio, que el martes quedó visto para sentencia, el Ministerio Público solicitó a los jueces que el fallo contra el procesado sea finalmente condenatorio y que, además de un total de 20 años de cárcel por los delitos que se le imputan, se le imponga una orden de alejamiento tanto de sus dos vástagos como de su pareja por el tiempo antes mencionado.
Junto a la acusación de agresión sexual hacia sus dos hijas menores de edad, un delito que, presuntamente, habría cometido de manera reiterada en el tiempo, pesan sobre S.S.L.G. las imputaciones de que golpeó a su pareja y madre de las dos niñas y que sobre las tres ejerció una violencia física y psíquica de manera habitual en el domicilio familiar.
La acusación particular, ejercida por la familia, pidió que el procesado sea condenado a 26 años de prisión: 12 años por la supuesta agresión sexual continuada contra su hija mayor; otros seis años por los presuntos abusos hacia la menor de sus hijas; seis años más por un delito de violencia física y psíquica habitual contra su pareja y las niñas; y dos años de prisión por las lesiones causadas a su pareja en una pelea.
Al igual que la primera, la segunda sesión del juicio, que tuvo lugar durante la mañana del martes, se celebró a puerta cerrada, Al término de la vista oral, el abogado defensor de S.S.L.G., Pedro Bermúdez, explicó que había solicitado la libre absolución para su representado al considerar que «no ha quedado probado nada».
El procesado, que sufre alcoholismo según recoge uno de los autos judiciales de la causa, está en prisión preventiva desde enero de 2018. El juez instructor lo envió a la cárcel al considerar que el relato de las menores era consistente y que, en el caso de la hija mayor, estaba avalado por un reconocimiento ginecológico que acreditó lesiones antiguas compatibles con los hechos declarados por ella.