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Desestiman las reclamaciones morales de Pui Pinos y rebajan las de patrimonio

El Consejo Consultivo pone el foco sobre peticiones «extrañas» como 20.000 € en una cochera o joyas por 5.900 euros

Foto de archivo del derrumbe del cerro Pui Pinos
Foto de archivo del derrumbe del cerro Pui Pinos

Laura Castel22 12 2018

1

Actualidad

El Consejo Consultivo pone el foco sobre peticiones «extrañas» como 20.000 € en una cochera o joyas por 5.900 euros

El Consejo Consultivo de Aragón ha desestimado las reclamaciones de responsabilidad patrimonial de los vecinos formuladas ante el Ayuntamiento al considerar que debe ser la contratista SIFU la responsable de los daños aunque sí examina si son correctas o no cada una de las peticiones. Varias resoluciones judiciales indican que la administración -el Consistorio- no solo debe pronunciarse sobre a quién le corresponde asumir los daños sino también la cuantía de los mismos sin perjuicio a lo que SIFU defienda.

Por ello, el Consejo valora los daños aplicando una serie de criterios como que todo lo que se pide debe justificarse con informes acreditativos, se debe atender al «valor real» de los bienes en el momento de producirse el siniestro aplicando los coeficientes de depreciación procedentes para evitar el enriquecimiento injusto del perjudicado atendiendo a una sentencia judicial y teniendo en cuenta informes periciales, entre otros.
El documento, que puede consultarse online, aclara muchas de las peticiones vecinales y las da a conocer todas, con iniciales e incluso direcciones.

Un 30% más en «valor sentimental»

Los daños en los inmuebles se aceptan aunque en la mayoría en una cantidad mucho menor teniendo en cuenta informes de la arquitecta en los que tiene en cuenta su depreciación. Por ejemplo, un inmueble por el que se piden 119.000 euros se rebaja hasta los 22.000 u otro pasa de 122.000 a 76.000 por los «coeficientes de depreciación». En otra petición se rechaza tajantemente al considerar que las grietas valoradas en 704 euros son anteriores al deslizamiento; y en otro caso, no se da el visto bueno a la petición de gastos como derribo, 5.300 euros, o gestión de residuos, 15.500, al considerarse que no pagaron los vecinos
Respecto a los enseres, la mayoría se rechazan porque se presentan en una lista pero sin «justificación alguna», una cuestión complicada en muchos casos, ya que cuando los muebles o los enseres son viejos no se guardan las facturas para acreditar su compra.

Muchas de las peticiones son reclamaciones por vehículos. La mayoría las acepta cuando tienen justificante pericial o de reparación, aunque, en éste último caso, descontando el IVA. Sorprende que en uno de los coches su propietario suma un 30% por «valor sentimental».

5.900 € en dos joyas en una cochera

Respecto al dinero en metálico, el Consejo entiende que, salvo que pueda aportarse una justificación evidente de su existencia, «estima que no es posible su indemnización». Por ello, rechaza la petición de una persona que asegura que tenía 20.000 euros guardados en una cochera asegurando además que le «causaba extrañeza que una cantidad de dinero tan elevada se encuentre oculta en ese espacio». Otra persona también guardaba en su cochera dos joyas por valor de 5.900 euros de las que el Consejo «no considera su abono».

Hasta 60.000 € por daños morales

En cuanto a los daños morales, desestima todas las reclamaciones, que van en una horquilla entre los 20.000 y los 60.000 euros. Una de las peticiones la rechaza porque la vivienda «no está derruida sino que solo requiere una reparación para ser habitable»; y en otra porque estaba desabitada.
En su valoración considera que se tenga en cuenta «las actuaciones que ha llevado a cabo el Ayuntamiento a su favor» como asumir los costes del alojamiento en hoteles incluida manutención, el alquiler de pisos en «las zonas que han deseado y acorde a sus necesidades», dinero de bolsillo o el desescombro de viviendas a mano, «con un importante sobrecoste», con la finalidad de recoger el máximo número de enseres posibles.

Indemnizaciones por no trabajar

Sí se considera que debe indemnizarse, entre otros, a un negocio que tuvo que estar cerrado y se consideran justificadas sus pérdidas de 869 euros pero no las de otra empresa que pide 14.000 euros al no aportar una relación de ventas de esas fechas en años anteriores y porque «aunque se limitó el paso, al establecimiento se podía acceder».

El dictamen del consejo es público en su web y puede consultarse en el siguiente enlace

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Comentarios

  1. jose maria tremps cases dice

    23 Dic 2018 11:12

    Sin dejar de ser una noticia interesante sobre el siniestro, para mi lo más importante es lo que dice el DICTAMEN final:

    «En mérito a lo expuesto, el Consejo Consultivo de Aragón formula el siguiente
    DICTAMEN:
    Que se informa desfavorablemente la propuesta de resolución, mediante la que se plantea desestimar todas las reclamaciones de responsabilidad patrimonial, formuladas por los afectados frente al Ayuntamiento de Alcañiz, porque consideramos que, en la tramitación del procedimiento y en la documentación del expediente, no ha quedado suficientemente acreditado (en la propuesta se califica -sic- como hipótesis) que la empresa contratista SIFU S.L. sea la responsable de los daños causados a los reclamantes, así
    como porque podrían concurrir otras causas generadoras de los daños en el deslizamiento parcial de la ladera oeste del denominado «Cerro Pui Pinos» de Alcañiz. »

    Entonces quien le va a pagar a los afectados si todavía no se sabe quien es el responsable o responsables? y cuánto van a tener que esperar?

    Por cierto, hay algunas consideraciones en el informe se SIFA sobre actuaciones o no actuaciones de responsables municipales que, de ser ciertas, parecen preocupantes.

    Responder

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