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Dos años y 10 meses de cárcel por la «inaceptable» maniobra que costó la vida a una pareja de Quinto

El acusado se enfrentaba a una condena de hasta doce años, pero la Audiencia de Zaragoza considera que su adelantamiento en línea continua no puede ser calificado como conducción temeraria

El vehículo del matrimonio de Quinto impactó contra la cabina de este camión en la N-232./ Guillermo Mestre-Heraldo
El vehículo del matrimonio de Quinto impactó contra la cabina de este camión en la N-232./ Guillermo Mestre-Heraldo

Miguel Ángel Coloma19 12 2022

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N-232

ActualidadSucesos

El conductor que provocó la muerte de un matrimonio de Quinto en la N-232 al ejecutar un adelantamiento en una zona prohibida consciente de que le venía de frente un camión pagará su «inaceptable» maniobra con prisión, pero su condena será de dos años y diez meses, lejos de los seis años que pedía la Fiscalía o los doce que llegó a exigir la acusación particular en nombre de la familia de las víctimas. La Audiencia de Zaragoza califica de grave imprudencia la decisión del joven Roberto L. G., que trató de adelantar con su BMW a otros dos coches en un tramo de línea continua, en curva y con un ligero cambio de rasante. Sin embargo, las pruebas no permiten al tribunal calificar la acción de temeraria ni aplicar al encausado el subtipo agravado que se introdujo en el Código Penal para castigar a los responsables de accidentes que revistieran notoria gravedad, tal y como pretendían las acusaciones.

El siniestro se produjo sobre las 19.35 del 13 de mayo de 2021 en el tramo sin desdoblar de la N-232 que discurre por El Burgo de Ebro. Según el informe de la Guardia Civil, en el que se han apoyado los magistrados de la Sección Sexta a la hora de dictar su sentencia, las víctimas, Jesús Vicente P. C., de 63 años, y su esposa, Ana Isabel V.V., de 64, circulaban de forma correcta en un turismo Volkswagen Golf. Pero la maniobra evasiva del acusado, que dio un volantazo para regresar de forma repentina a su carril y evitar así un choque frontal con el camión, terminó costando la vida a la pareja. Porque el joven golpeó la trasera de su coche y le hizo salir proyectado hacia la izquierda. El chófer del tráiler intentó evitar el impacto, pero el matrimonio acabó empotrándose contra la cabina.

Durante el juicio, Roberto L. G. trató de convencer al tribunal de que fue el conductor del Seat Toledo al que adelantaba quien no le dejó espacio para regresar de forma segura al carril en sentido Vinaroz. Para apuntalar la versión de su cliente, el abogado de la defensa incidió después en que esta persona dio positivo en el test de drogas. Sin embargo, tras escuchar a los peritos y testigos, la Audiencia Provincial extrae sus propias conclusiones.

«Aun cuando la defensa refiere que el conductor del vehículo Seat Toledo dificultó la maniobra de adelantamiento acelerando el turismo, lo cierto es que no existe prueba objetiva que así los constate», dice el fallo. Recuerda también que la persona que iba al volante del citado coche negó «en todo momento» haber entorpecido la maniobra. Y el camionero contra el que chocó el matrimonio de Quinto aseguró que el BMW del encausado circulaba «muy rápido» y el adelantamiento «era muy arriesgado».

El camión deceleró a 124 metros

Del peligro que podía entrañar la acción del joven conductor da prueba la reacción del transportista, que conducía un trailer de 22 toneladas. Al verlo iniciar el adelantamiento, previendo que no tenía espacio para finalizar la maniobra, levantó el pie del acelerador. Y de ello dejó constancia el tacógrafo del camión, que revela que 124 metros antes de la colisión empezó a decelerar.

Pero ni siquiera la prudente reacción del camionero permitió contrarrestar el trágico desacierto de Roberto L. G., que al golpear el coche de la pareja la proyectó hacia una muerte prácticamente segura. Contra la sentencia cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, por lo que habrá que esperar para saber si la defensa o las acusaciones piden a este una segunda opinión.

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Comentarios

  1. Josep Maria Benavent Blasco dice

    19 Dic 2022 13:50

    Es totalmente injusta la justicia y la ley en este pais. Como se puede calificar de no temeraria la accion realizada por tal asesino. Resulta que adelanta en continua,era curva y cambio de rasante. Muchos condicionantes para acabar pasando lo que sucedio. Se tacha de solo imprudencia… esa persona deberia pasar el resto de su vida en la carcel. asi de claro

    Responder
    • Anselmo dice

      19 Dic 2022 22:51

      Ya ves, como la sentencia es inferior a tres años ni pisará la cárcel, un paripé de cursillo de educación vial y a seguir jugando a las carreras con la vida de los demás. Así funciona este país de pandereta.

      Responder
  2. Bene dice

    20 Dic 2022 12:34

    20 años de carcel al imprudente este y 10 de imnabilitación para el juez que ha dictado sentencia.

    Responder
    • Manolo dice

      20 Dic 2022 16:51

      que culpa tiene el juez ????
      las leyes las dictan los politicos, asi que cuidadin cuando votemos si queremos cambiarlas

      Responder
  3. Sin palabras dice

    20 Dic 2022 14:36

    Para dictar sentencias como esta no creo que haga falta estudiar mucho.
    Cualquier idiota puede ser juez en este pais.

    Responder

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