La Plataforma en Defensa de los Paisajes de Teruel y 14 personas con propiedades afectadas por el Clúster Maestrazgo han presentado alegaciones y recursos de alzada en el proceso de tramitación de esta macroinstalación industrial proyectada sobre las comarcas de Maestrazgo y Gúdar-Javalambre. Para ello, han contratado los servicios de López Lax Abogados, costeado con las aportaciones voluntarias, en las que aún se puede contribuir. Se espera que los recursos de alzada y las alegaciones presentadas tengan peso a efectos jurídicos, ya que son formuladas «conforme a derecho».
«El recurso de alzada lo hemos presentado con la idea de acabar en un Contencioso Administrativo sobre este proyecto porque creemos que hay ilegalidades fragrantes», destacó Javier Oquendo, portavoz de la Plataforma.
Los recursos de alzada se presentan a las 20 resoluciones de Autorización Administrativa Previa, publicadas en el BOPT del 6 de junio de 2023, de las 20 centrales del Clúster Maestrazgo y también frente a la Declaración de Impacto Ambiental que en su día emitió el Ministerio. Las alegaciones se interponen a la solicitud de Forestalia de modificar el proyecto, contar con autorización para la construcción y que sea declarado de utilidad pública. Según expone la Plataforma en sus alegaciones, se han dado «modificaciones sustanciales» en el proyecto a lo largo del proceso de tramitación, que posteriormente no fueron sometidas a información pública.
Según explicaron desde el colectivo, se parte del macroproyecto que la empresa del grupo Forestalia presentó en mayo de 2022, que comprendía un total de 46 infraestructuras: 22 centrales eólicas, 2 fotovoltaicas, las líneas de evacuación y las subestaciones de transformación. En diciembre del mismo año el Ministerio emitió la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), pero se pronunció sobre «un proyecto distinto» al que había sido sometido a información pública.
«Se alega que no ha habido información. La DIA recoge 22 documentos que se han añadido al proyecto que no estaban publicados y que no han estado sometidos a información pública. Prácticamente es un proyecto nuevo, con lo cual las modificaciones deberían haberse vuelto a sacar a información pública y vuelto a tramitar. Hay molinos que han sido movidos 80 metros por afecciones al alimoche, igual que se alegó el sitio donde estaba debería haberse podido alegar la nueva ubicación. Eso carece de trámite de alegación», argumentó Javier Oquendo.
Según expusieron desde la Plataforma, las modificaciones dieron lugar a nuevos términos municipales afectados, desplazando la ubicación de algunos molinos y, «sin venir a cuento», cambiando el modelo de los aerogeneradores, pasando a uno más potente de 6 MW (frente a los 5MW iniciales).
Un posible Contencioso Administrativo contempla plazos «inciertos» tal como indicaron desde la Plataforma, teniendo en cuenta que el Ministerio fijó una prórroga de 6 meses para la tramitación de los proyectos. Un hipotético procedimiento judicial podría tener incluso «medidas cautelares». «No hay plazos definidos, ni delimitados», indican.
«Anula la participación ciudadana»
Desde la Plataforma denuncian además «incoherencias» en el proceso de tramitación de los proyectos. Argumentan que en 2023, en el Boletín del 16 de mayo, se informaba de que Forestalia solicitaba modificar una autorización administrativa «que aún no se había publicado», lo que a juicio del colectivo, «anula la participación ciudadana». Una vez publicado el 6 de junio, se advierte que se autoriza un «proyecto diferente», donde desaparecen dos centrales y se agrupan las infraestructuras de forma que dificulta la comparación con el original.
Por otro lado, en el mismo acto se solicitan 20 autorizaciones para la construcción (en lugar de una sola) «con ausencia de información del proyecto global en su conjunto», lo que provoca que no se tenga «ni la memoria, ni las ubicaciones, ni el objeto de la instalación, ni las características de la misma, ni los planos, ni el presupuesto, ni resto de datos que ofrezcan información veraz y completa», según incidieron desde la Plataforma en sus alegaciones. «No hay un argumentario ni una razón de ser. Presentaron el proyecto como 20 separados para que las Declaraciones Ambientales y los efectos sinérgicos y acumulativos sean mucho menores y, sin embargo, luego quiere tramitarlo como un solo proyecto, siendo que ya lo había tramitado como 20. Es así de surrealista», denunciaron.
Como resultado, las modificaciones introducidas respecto al proyecto original son de «tal calado» que, conforme a la ley 21/2013, «deberían haber dado lugar a un nuevo trámite de información pública antes de aprobarse la declaración de impacto ambiental». «No ha sido así, de algo tenía que servir los ceses y cambios de funcionarios en las dependencias administrativas que redactan las autorizaciones», expusieron desde la Plataforma. Todo fruto de una «comunicación extraoficial entre la empresa y cierta parte de la administración fuera de los cauces de publicidad y transparencia, a la vista de un macroproyecto que ha ido cambiando a medida de sus intereses», enfatizan.
La plataforma tilda estas irregularidades como «claro fraude de ley» y de «burla del derecho a la participación pública y vulneración de las normas esenciales de procedimiento», recordando que la normativa ambiental tiene como fin el de garantizar la compatibilidad de cualquier proyecto con la preservación del medio rural, el natural y el socioeconómico propios del lugar donde se implante.
Por ello, la Plataforma exige la nulidad de los actos dictados, tal y como dicta el artículo 47 de la ley 39/2015 de procedimiento administrativo.
Zonas ZEPA
La Plataforma también alega el «incumplimiento» de las obligaciones derivadas de la ubicación del macroproyecto en zonas designadas por el ministerio como «no compatibles» con la instalación de parques eólicos. Inciden que el Clúster Maestrazgo «pone en riesgo» los valores naturales propios de la ZEPA Río Guadalope-Maestrazgo así como los corredores biológicos o conectividad entre ésta y ZEPA Puertos de Beceite y ZEPA Maestrat, la Tinença de Benifassá, el Turmell y Vallivana. «Dados los valores ambientales de la zona afectada, sólo sería posible instalar estas infraestructuras si hubiera una planificación previa que lo permitiera, que no es el caso, compatibilizando la implantación de renovables con otros usos del suelo y con los requerimientos vigentes en materia de protección ambiental», señala.
La Plataforma también recuerda que, según jurisprudencia, no se pueden autorizar instalaciones de energías renovables en los suelos clasificados como «no urbanizable de especial protección«, lo que afecta a gran parte de las instalaciones de este clúster en Mosqueruela, Cantavieja y La Iglesuela del Cid.
Declaración de Utilidad Pública
Sobre la solicitud de declaración de utilidad pública del proyecto (declaración que facilita ejercer la expropiación forzosa), la Plataforma alega que dicha solicitud «debería acompañarse de suficientes argumentos», que éstos deben ser específicos al proyecto y con información «objetiva, medible, contrastable y particularizada en relación al proyecto» y su lugar de implantación que justifique su existencia en la ubicación elegida, un espacio de «máxima sensibilidad ambiental» como es el Maestrazgo. «Ni la empresa justifica dicha solicitud conforme a las exigencias legales, ni el proyecto responde a demanda alguna que pueda ampararse en la planificación vigente», alegaron.
Se añade el hecho de que la empresa solicita la declaración de utilidad pública de un proyecto que «aún no está autorizado y del que se desconoce la redacción y ubicación definitivas».
Finalmente se recuerda que este macroproyecto «es contrario a los principios de eficiencia energética y uso racional de los recursos naturales», haciendo referencia a las prioridades recogidas en el Reglamento UE 2018/1999 sobre la Gobernanza de la Energía y de la Acción por el Clima. A ello se suman los recursos las alegaciones particulares en relación a afecciones directas a sus terrenos, además de impactos ambientales del conjunto.