El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha denegado el recurso presentado por el Servicio Aragonés de Salud contra la sentencia del juzgado de lo Social de Teruel que condenó al SAS por incumplir sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales, al no adoptar las medidas recogidas en el Informe Técnico de Evaluación de riesgos de los puestos de trabajo de Médico de Atención Primara (MAP) y no atender a los requerimientos de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Teruel. Según la magistrada estos incumplimientos suponen «un peligro cierto y grave para la salud de los médicos, porque vulneran el derecho a la vida y la integridad física y moral de los mismos».
El origen de este conflicto jurídico está en la demanda presentada por tres médicos de Atención Primaria del Centro de Salud de Utrillas contra el Servicio Aragonés de Salud por considerar que la situación laboral que estaban sufriendo vulneraba derechos fundamentales. Así, el TSJA cuantifica las indemnizaciones en 15.000 euros para cada uno de los tres facultativos, es decir, 45.000 euros en total.
Los magistrados del TSJA confirman ahora la sentencia de primera instancia y expresan que «la omisión de normas preventivas ha supuesto un efectivo daño y riesgo para la salud de los demandantes». Unos riesgos que según los propios facultativos del centro de Salud de Utrillas ya se habían advertido previamente en varios informes.
El propio equipo médico lleva desde mayo de 2022 reclamando soluciones para paliar la falta de personal médico en el centro, la organización de las horas de guardia y las de atención continuada. En su demanda alegan que esta situación les obliga a realizar jornadas excesivas de trabajo y supone una sobrecarga de trabajo por el número de pacientes que han de atender ya que, por el alto grado de dispersión del centro, tienen que atender además a pacientes de otros 13 núcleos de población adscritos al Centro de Salud de Utrillas.
El informe del TSJA incide en que durante el 2022 hubo una falta de medidas preventivas para eliminar o minimizar riesgos para los profesionales. Aunque reconocen que ha existido voluntad por parte de la Administración sanitaria para contratar facultativos entienden «que la actuación de la no debe detenerse en un ofrecimiento de las vacantes de MAC (médicos de atención continuada) y no consta que se efectuara ninguna nueva contratación desde septiembre de 2022 a abril de 2023 excepto una». El TSJA entiende que es responsabilidad de la administración solucionar las carencias a través de incentivos o dando facilidades profesionales y personales a los sanitarios que vayan destinados a la zona y que no pueden ampararse en que no haya profesionales disponibles en la bolsa de empleo.
Contra esta sentencia de la Sala puede presentarse, en el plazo de diez días desde la notificación, recurso de casación para unificación de doctrina, ante el Tribunal Supremo.